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segunda-feira, 10 de junho de 2013

 

CELEBRAN LA APROBACION DE LAS CONVENCIONES SOBRE RACISMO Y TODA FORMA DE DISCRIMINACIÓN E INTOLERANCIA, Y LA SEXTA RESOLUCION SOBRE DERECHOS HUMANOS, ORIENTACION SEXUAL E IDENTIDAD DE GÉNERO

La Coalición de organizaciones LGBTTTI de América Latina y el Caribe conformada por grupos de más de 23 países, reunida en el marco de la 43 Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos realizada en La Antigua, Guatemala del 4 al 6 de junio de 2013, informa sobre lo acontecido en dicha asamblea, así como el trabajo realizado por la Coalición en días previos.
Luego de un largo proceso de discusiones y negociaciones, la OEA aprobó en esta Asamblea dos convenciones: la Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y formas Conexas de Intolerancia, y la Convención Interamericana contra toda forma de Discriminación e Intolerancia, que por primera vez en la región incluyen las categorías de orientación sexual e identidad y expresión de género en un instrumento internacional de protección de los derechos humanos. Así mismo, la Asamblea General de la OEA también aprobó la sexta Resolución AG/RES. 2807 (XLIII-O/13) “Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad y Expresión de Género�, que incluye como novedad y avance el instar a los Estados miembros a que aseguren una protección adecuada a las personas intersex y a que implementen políticas y procedimientos, según corresponda, que aseguren la conformidad de las prácticas médicas con los estándares reconocidos en materia de derechos humanos. La Resolución fue un resultado directo de la incidencia de la Coalición LGBTTTI que fue particularmente necesaria en la discusión final del texto al interior de la Comisión General, encargada de discutir y elaborar la redacción de las resoluciones que no alcanzan el consenso de los países miembros. Tal discusión se dio por petición de El Salvador y las consideraciones expresadas por las delegaciones de Jamaica, Belice y Barbados, quienes encontraron la firme oposición por parte de Brasil, Argentina, Uruguay, Canadá y Chile.
 
Por otra parte, en sesión plenaria del 5 de junio, todos los estados miembros de la OEA avalaron los contenidos de los proyectos de las Convenciones, lo que marca un momento histórico para el sistema interamericano de protección de los derechos humanos, y en particular para el movimiento LGBTTTI de la región. En particular el texto de la Convención Interamericana contra toda forma de Discriminación incluye entre los deberes de los estados la obligación de prevenir, eliminar, prohibir y sancionar todos los actos y manifestaciones de discriminación e intolerancia, incluyendo la publicación, circulación y diseminación de cualquier material que defienda e incite al odio y la intolerancia. Así como también los actos que constituyan genocidio o crímenes de lesa humanidad, incluyendo la violencia y los actos delictivos en contra de la propiedad de las víctimas, cualquier acción represiva y restricción del ejercicio de derechos como el ingreso a lugares públicos y privados, y el acceso a la educación y cualquiera de los derechos sociales, económicos y culturales.
 
Así mismo, la Convención demanda a los estados miembros de la OEA a adoptar políticas, medidas y acciones afirmativas a favor de personas o grupos expuestos a la discriminación e intolerancia. A adoptar la legislación que defina y prohíba claramente la discriminación y la intolerancia y que garantice la igualdad de acceso al sistema de justicia, a procesos ágiles y eficaces, y una justa reparación del daño en el ámbito civil o penal.
 
Para dar seguimiento a los compromisos asumidos por los estados signatarios de ambas Convenciones, los documento aprobados plantean establecer un Comité Interamericano, el cual será conformado por un experto nombrado por cada Estado parte, quien ejercerá sus funciones en forma independiente.
 
Una vez aprobadas, las Convenciones fueron puestas a disposición de los representantes de países para su firma, lo que hicieron el último día de sesiones Argentina, Uruguay, Brasil, Costa Rica, y Ecuador. Antigua y Barbuda solo firmó la Convención sobre Racismo. Las Convenciones entrarán en vigor 30 días después del depósito del documento de ratificación de tan sólo dos países.
 
Durante los días previos a la realización de la 43 Asamblea General, la coalición realizó un evento paralelo preparatorio de la incidencia e involucramiento en la OEA, entre ellos: (a) implementación de la resolución “Derechos Humanos , Orientación Sexual e Identidad de Género�; (b) Interacción con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (con enfoque particular en las audiencias temáticas) y elección de nuevos comisionados a la CIDH; (c) Interacción con la Comisión de asuntos Políticos y Jurídicos; (d) Estrategia de Incidencia para la firma y ratificación de la Convención Interamericana contra todas Formas de Discriminación e Intolerancia. (e) Incidencia en los Estados Miembros. En el evento participaron Jorge Sanin, director del Departamento de Asuntos Internacionales de la OEA y Mayra Ahern, representante alterna de la misión de Estados Unidos frente a la OEA.
Durante el diálogo informal entre el Secretario General de la OEA y la sociedad civil celebrado el 4 de junio en La Antigua, integrantes de la coalición LGBTTTI del Caribe Inglés solicitaron al Secretario General José Miguel Insulza una actualización del diálogo bajo los auspicios de esa Secretaría y los países del Caribe sobre la despenalización de las conductas sexuales de personas del mismo sexo. Así mismo, se planteó el problema de las drogas y la vulnerabilidad de las personas trans al consumo y al tráfico de drogas. También se recordó como la OEA a partir de 2007 reconoció el nombre social de las persona trans planteando el reconocimiento de la identidad de género alrededor de los países miembros. Por su parte, el señor Insulza subrayó la importancia de la Convención Interamericana contra toda forma de Discriminación e Intolerancia en el combate a la discriminación por orientación sexual e identidad y expresión de género en la región. Así mismo reconoció el trabajo de las asociaciones civiles LGBTTTI en el alcance de este logro.
El día siguiente 4 de junio se llevo a cabo el dialogo entre las personas de la sociedad civil y los jefes de delegaciones de los países miembro de la OEA. La representación de las personas LGBTTTI estuvo a cargo de Johana Ramírez, activista trans de Guatemala. Reproducimos su discurso más abajo. En la reunión, los jefes de las delegaciones de Chile, Bolivia y Uruguay reafirmaron el compromiso de sus países en la promoción y protección de los derechos de las personas LGBTTTI. El diálogo con la sociedad civil fue particularmente controversial por la participación de los activistas Provida en abierta oposición al reconocimiento de cualquier en base a la orientación sexual e identidad de género.
En la última sesión plenaria se eligieron tres miembros de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos en donde fueron elegidos José de Jesús Orozco, de México, James Cavallaro de Estados Unidos y Paulo De Tarso Vannuchi de Brasil, candidatos que la Coalición LGBTTTI apoyó en su trabajo de incidencia con las demás delegaciones de los países miembros.
Así mismo, en su informe anual el presidente de la CIDH, José de Jesús Orozco relató destacadamente las actividades de la Comisión en materia de derechos humanos LGBTTTI, haciendo referencia a 54 asesinados por motivos de orientación sexual e identidad de género, a la violencia contra mujeres lesbianas y los frecuentes casos de arresto y detención arbitraria de personas trans en la región, destacando el trabajo de la Unidad LGBTI de la CIDH.
Saludamos el éxito del trabajo de la Coalición LGBTTTI en un contexto particularmente complejo que se verificó este año por la presencia de los grupos fundamentalistas católicos y de una manifiesta inquietud legalmente inconsistente y ambiguamente expresada por parte de Belice, Saint Vincent y las Granadinas, Saint Kits & Nevis, Dominica, Jamaica, Barbados, Suriname, Guyana, Honduras, St Lucia, Trinidad & Tobago y Guatemala en torno a la Resolución AG/RES. 2807 (XLIII-O/13).
Agradecemos a COC Netherlands, PNUD, GISHR - Heartland Alliance for Human Needs & Human Rights, y AIDS Alliance por el apoyo brindado para nuestra participación en esta Asamblea.
Participaron por la Coalición de Organizaciones LGBTTTI de América Latina y el Caribe trabajando en el marco de la OEA:
 
1.      AIREANA - Camila Zabala – Paraguay,
2.      AKAHATA, EQUIPO DE TRABAJO EN SEXUALIDADES Y GÉNEROS – Sergio Maulen – Argentina.
3.      ASOCIACIÓN LIDERES EN ACCION -Germán Rincón Perfetti - Colombia,
4.      ASOCIACIÓN PAÑAMENA DE PERSONAS TRANS – Adriana González – Panamá.
5.      ASPIDH – Mónica Linares Hernández – El Salvador.
6.      ATRU – Gloria Alvez Mariños – Uruguay.
7.      COALITION ADVOCATING FOR INCLUSION OF SEXUAL ORIENTATION – Colin Robinson – Trinidad and Tobago ,
8.      COLECTIVA MUJER y SALUD, July Betances - República Dominicana,
9.      COLECTIVO OVEJAS NEGRAS – Mauricio Coitiño – Uruguay.
10.  COLECTIVO UNIDAD COLOR ROSA – Claudia Spellmant – Honduras,
11.  FUNDACION SANTAMARIA – Valentina Riascos Sánchez – Colombia.
12.  GRUPO ESPERANÇA – Liza Mineli – Brasil
13.  JAMAICA FORUM OF LESBIANS, ALL-SEXUALS AND GAYS – Jaevion Nelson – Jamaica .
14.  ALFIL - Rashel Erazo - Ecuador,
15.  LETRA S, SIDA, CULTURA Y VIDA COTIDIANA – Alejandro Brito – México.
16.  MULABI-COSTA RICA – Natasha Jiménez – Costa Rica,
17.  ORGANIZACIÓN DE TRANSEXUALES POR LA DIGNIDAD DE LA DIVERSIDAD – Andrés Rivera Duarte – Chile,
18.  ORGANIZACIÓN TRANS REINAS DE LA NOCHE – Johana Ramírez – Guatemala,
19.  PANAMBI – Marie Betancourt – Paraguay.
20.  RED LATINOAMERICANA Y DEL CARIBE DE PERSONAS TRANS – Marcela Romero –ATTTA  Argentina.
21.  RED MEXICANA DE MUJERES TRANS – Paty Betancourt – México.
22.  RED NICARAGUENSE DE ACTIVISTAS TRANS – Silvia Martínez – Nicaragua,
23.  SINDICATO AMANDA JOFRÉ – Bianca Bustos Vidal – Chile.
24.  SOCIETY AGAINST SEXUAL ORIENTATION DISCRIMINATION- Zenita Nicholson - Guyana,
25.  UNITED BELIZE ADVOCACY MOVEMENT – Caleb Orozco – Belice,
26.  UNITED AND STRONG – Adaryl Williams - Santa Lucía
27.  WOMEN’S WAY – Tieneke Sumter – Suriname
 
                         
Como partner de la Coalición: Stefano Fabeni y Marcelo Ernesto Ferreyra – Iniciativa Global para la Sexualidad y los Derechos Humanos de Heartland Alliance for Human Needs & Human Rights
 
La Antigua, Guatemala 6 de junio de 2013
 
 
DECLARACIÓN DE LA COALICION DE LESBIANAS, GAYS, BISEXUALES, TRAVESTIS, TRANSEXUALES, TRANSGENERO E INTERSEX DE LAS AMERICAS ANTE LA ASAMBLEA GENERAL DE LA OEA.
LA ANTIGUA GUATEMALA, GUATEMALA, 04 DE JUNIO DE 2013
 
Señor Secretario General, Señoras Ministras y Señores Ministros, integrantes de las delegaciones oficiales, colegas de la sociedad civil:
 
Las organizaciones de lesbianas, gays, bisexuales, travestis, transexuales, transgénero e intersex, en adelante lgbtTTi reunidas en Ciudad de Guatemala, del 31 de mayo al 2 de junio de 2013 conforme a las directrices establecidas por la Asamblea General de la OEA en las resoluciones AG/RES.2092(XXXV-O/05); CP/RES.759(1217/99); AG/RES.840(1361/03) mediante Resoluciones AG/RES.1707(XXX-O/00) y AG/RES.1915(XXXIII-O/03) que determinan un marco normativo para aumentar y fortalecer la participación de la Sociedad Civil en la OEA y en el proceso de Cumbres de las Américas, expresan que:
 
Las políticas de represión y penalización de la tenencia de drogas para consumo personal han sido causa de violaciones a los derechos humanos de grupos vulnerables. La despenalización y una mirada diferencial de esta realidad disminuirán la discriminación logrando procesos de inclusión social y garantías democráticas, tanto para las personas LGBTTTI como para las personas afrodescendientes, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, las trabajadoras y trabajadores sexuales y otros grupos vulnerados.
 
En los países de Centroamérica, los grupos de crimen organizado no están controlados ni por la policía, ni por ningún otro órgano del estado, lo que potencia la inseguridad ciudadana.
 
En este contexto, la discriminación por orientación sexual e identidad de género se ha incrementado, con actos de violencia, verbal y física, torturas, tratos crueles e inhumanos, desapariciones forzadas y homicidios como la expresión extrema de la violencia.
 
Las poblaciones trans son unas de las que más padecen estas agresiones. También ven negados su derecho a la salud, la educación y el trabajo, en suma, a su dignidad. La falta de un documento que reconozca la identidad de género que las personas trans han adoptado y construido, o condicionar su obtención a practicas medicas vejatorias constituye un límite insalvable para acceder a esos derechos.
 
La baja autoestima en las mujeres lesbianas provocada por un sistema patriarcal que las ignora y estigmatiza las hace vulnerables a problemas relativos a la salud mental, adicciones, violencia intrafamiliar, discapacidad psicosocial: y también limita su acceso a la atención integral en salud. El mismo sistema en el Caribe inglés lleva también a jóvenes LGBTI a vivir en las calles y a jóvenes heterosexuales a mostrar un bajo rendimiento en la escuela.
 
Once países del Caribe –un tercio de los estados de las Américas– mantienen leyes que criminalizan y prohíben las relaciones sexuales consentidas entre personas del mismo sexo; vestir ropas del otro sexo “con propósitos impropios�, así como el ingreso de extranjeros en razón de su homosexualidad. Algunos de esos gobiernos recientemente han promulgado o reforzado esas leyes, otros deliberadamente excluyen a las personas LGBTI de toda protección contra la discriminación.
 
En esa subregión, el acceso a la justicia y los mecanismos de protección de los derechos humanos son débiles, la protección constitucional exceptúa la sexualidad, el acceso a mecanismos supranacionales de defensa de los derechos humanos es limitado y algunos gobiernos del Caribe han declarado que la protección de los derechos humanos de las minorías sexuales requiere un “mandato político� de la mayoría.
 
Sin embargo, en este contexto expresamos a los estados miembros nuestra satisfacción por la conclusión del proceso de negociación de los proyectos de Convención Interamericana contra Toda Forma de Discriminación e Intolerancia y de Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial, y Formas Conexas de Intolerancia, y agradecemos el rol de liderazgo de la delegación de Antigua y Barbuda.
 
En virtud de lo anterior demandamos que los Estados Miembros:
 
  1. firmen, ratifiquen y ejecuten la Convención Interamericana contra Toda Forma de Discriminación e Intolerancia, así como la Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial, y Formas Conexas de Intolerancia.
  2. adopten legislaciones y políticas públicas conforme a los compromisos asumidos en las resoluciones “Derechos Humanos Orientación Sexual e Identidad de Género� aprobadas por las anteriores asambleas generales.
  3. creen o fortalezcan las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos e implementen programas educativos que desarrollen una cultura de derechos humanos y sociedad pluralista.
  4. adopten medidas que aseguren el acceso a la justicia y garanticen el debido proceso de las personas sin discriminación por orientación sexual e identidad de género.
  5. adopten estrategias de salud integral y específica para poblaciones LGBTI. Con particular énfasis a las necesidades diferenciadas de las personas trans.
  6. revisen sus marcos legislativos derogando leyes que criminalicen las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo.
  7. adopten leyes que reconozcan la identidad de género de las personas trans
  8. promuevan la participación directa de las personas LGBTI y grupos de la sociedad civil en diálogo, consultas, definición y planificación de políticas a nivel nacional y local.
  9. consideren la propuesta de una Convención Interamericana de Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos.
  10. adopten los instrumentos interamericanos de derechos humanos.
 
Que la Asamblea General:
 
-                      apruebe el proyecto de Resolución "Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad y Expresión de Género" presentada por la delegación de Brasil, cuya iniciativa agradecemos;
 
-                      apruebe el proyecto de Resolución “Convención Interamericana contra Toda Forma de Discriminación e Intoleranciaâ€�;
 
-                      apruebe el proyecto de Resolución “Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial, y Formas Conexas de Intoleranciaâ€�.
 
 
 
AG/RES. 2807 (XLIII-O/13)

 

DERECHOS HUMANOS, ORIENTACIÓN SEXUAL E

IDENTIDAD Y EXPRESIÓN DE GÉNERO[1][2][3][4][5][6][7]

 
(Aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 6 de junio de 2013)
 
 
            LA ASAMBLEA GENERAL,
 
            TENIENDO EN CUENTA las resoluciones AG/RES. 2435 (XXXVIII-O/08), AG/RES. 2504 (XXXIX-O/09), AG/RES. 2600 (XL-O/10), AG/RES. 2653 (XLI-O/11) y AG/RES. 2721 (XLII-O/12) "Derechos humanos, orientación sexual e identidad de género";
 
REITERANDO:
 
            Que la Declaración Universal de Derechos Humanos afirma que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que a cada persona le es dado ejercer todos los derechos y libertades existentes en ese instrumento sin distinción de cualquier naturaleza tales como de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición; y
 
            Que la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre prevé que todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona sin distinción de raza, sexo, idioma, credo ni otra alguna;
 
            CONSIDERANDO que la Carta de la Organización de los Estados Americanos proclama que la misión histórica de las Américas es ofrecer al ser humano una tierra de libertad y un ambiente favorable para el desarrollo de su personalidad y para la realización justa de sus aspiraciones;
 
            REAFIRMANDO los principios de universalidad, indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos;
 
TOMANDO NOTA:
 
            De la creación de la Unidad para los Derechos de las Lesbianas, los Gays y las Personas Trans, Bisexuales e Intersex por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y de su plan de trabajo, el cual incluye la preparación de un informe hemisférico sobre esta materia;
 
            Del Segundo Informe de la CIDH sobre la Situación de las Defensoras y los Defensores de los Derechos Humanos en las Américas, de conformidad con el cual las organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos de las personas lesbianas, gay, trans, bisexuales e intersex desempeñan un rol fundamental en la región, tanto en el control social del cumplimiento de las obligaciones estatales correlativas a los derechos a la vida privada, igualdad y no discriminación y enfrentan obstáculos entre los que se encuentran "asesinatos, amenazas, criminalización de actividades, ausencia de un enfoque diferenciado para la investigación de violaciones y discursos de desprestigio"; y
 
            De la Declaración sobre Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género, presentada a la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 2008;
 
            TOMANDO NOTA CON PREOCUPACIÓN de los actos de violencia y otras violaciones de derechos humanos, así como de la discriminación contra personas a causa de su orientación sexual e identidad de género;
 
            TOMANDO NOTA del informe del Relator Especial de la Organización de las Naciones Unidas sobre la tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes (A/HRC/22/53), en el cual se dice que "los niños que nacen con atributos sexuales atípicos suelen ser objeto de intervenciones quirúrgicas irreversibles de reasignación de sexo, esterilizaciones involuntarias o cirugía reconstructiva urogenital involuntaria, practicadas sin su consentimiento informado previo ni de sus padres, 'en un intento de fijar su sexo', que les provocan infertilidad permanente e irreversible y un gran sufrimiento psíquico"; y
 
            TOMANDO NOTA, FINALMENTE, del estudio sobre terminología "Orientación Sexual, Identidad de Género y Expresión de Género: algunos términos y estándares relevantes", elaborado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en cumplimiento de la resolución AG/RES. 2653 (XLI-O/11), "Derechos humanos, orientación sexual e identidad de género", del 23 de abril de 2012,
 
RESUELVE:
 
1.         Condenar todas las formas de discriminación contra personas por motivos de orientación sexual e identidad o expresión de género, e instar a los Estados dentro de los parámetros de las instituciones jurídicas de sus sistemas a que eliminen, allí donde existan, las barreras que enfrentan las lesbianas, los gays y las personas bisexuales, trans e intersex (LGTBI) en el acceso equitativo a la participación política y otros ámbitos de la vida pública, así como evitar interferencias en su vida privada. [8]/
 
2.         Alentar a los Estados Miembros a que, dentro de los parámetros de las instituciones jurídicas de su ordenamiento interno, consideren la adopción de políticas públicas contra la discriminación contra personas a causa de orientación sexual e identidad o expresión de género.
 
3.         Condenar los actos de violencia y las violaciones de derechos humanos contra personas a causa de su orientación sexual e identidad o expresión de género, e instar a los Estados Miembros a que fortalezcan sus instituciones nacionales con el fin de prevenirlos, investigarlos y asegurar a las víctimas la debida protección judicial en condiciones de igualdad, y que los responsables enfrenten las consecuencias ante la justicia.
 
4.         Instar, además, a los Estados en el ámbito de sus capacidades institucionales a que produzcan datos sobre la violencia homofóbica y transfóbica, con miras a promover políticas públicas que protejan los derechos humanos de las lesbianas, los gays y las personas bisexuales, trans e intersex (LGBTI).
 
5.         Instar a los Estados Miembros a que aseguren una protección adecuada de las y los defensores de derechos humanos que trabajan en temas relacionados con los actos de violencia, discriminación y violaciones de los derechos humanos contra personas a causa de su orientación sexual e identidad o expresión de género.
 
6.         Instar a los Estados Miembros a que aseguren una protección adecuada a las personas intersex y a que implementen políticas y procedimientos, según corresponda, que aseguren la conformidad de las prácticas médicas con los estándares reconocidos en materia de derechos humanos.
 
7.         Solicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que preste particular atención a su plan de trabajo titulado "Derechos de las personas LGTBI", y que continúe el trabajo de preparación del informe hemisférico en la materia, de conformidad con la práctica establecida por la propia CIDH e instar a los Estados Miembros a que apoyen los trabajos de la Comisión en esta materia.
 
8.         Solicitar a la CIDH que continúe la preparación de un estudio sobre las leyes y disposiciones vigentes en los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) que limiten los derechos humanos de las personas como consecuencia de su orientación sexual o identidad o expresión de género y que, con base en ese estudio, elabore una guía con miras a estimular la despenalización de la homosexualidad y de prácticas relacionadas a la identidad o expresión de género.
 
9.         Exhortar a los Estados Miembros que aún no lo hayan hecho a que consideren, según sea el caso, la firma, ratificación o adhesión de los instrumentos interamericanos en materia de protección de derechos humanos.
 
10.       Solicitar al Consejo Permanente que informe a la Asamblea General, sobre la implementación de la presente resolución. La ejecución de las actividades previstas en esta resolución estará sujeta a la disponibilidad de recursos financieros en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos.
 

NOTAS DE P�E DE P�GINA
 
 
1.            … objeto de procesos jurídicos ante la Corte Suprema de Belize".
 
AG06190S05
 
2.            … considera que el término “expresión de géneroâ€� no está plenamente definido ni aceptado en el ámbito internacional. San Vicente y las Granadinas considera que la terminología está sumamente matizada y, además, carece actualmente de definición en su legislación nacional. En virtud de que el debate sobre los derechos humanos de las personas LGBT es vigente en el marco de las Naciones Unidas, San Vicente y las Granadinas opina que el discurso en el seno de la OEA debería limitarse solamente a los textos que han sido reconocidos o aprobados en Naciones Unidas.
 
3.            … de imponer un sistema de valores sobre otro. Además, este término y otros nuevos usados en este texto no tienen aceptación internacional y tampoco están definidos en la legislación nacional de Jamaica.
 
4.            … Barbados, consciente de la diversidad de opiniones mantenidas por los Estados Miembros sobre este tema, continuará considerando éstos mientras se promueva un balance a estos temas dentro del contexto nacional.
 
5.            … los que están dentro del territorio de Suriname tienen igual derecho de protección de la persona y la propiedad, no discrimina por razones de nacimiento, sexo, raza, idioma, origen religioso, educación, opiniones políticas, posición económica ni ningún otro estado.
               Como sociedad multicultural, el tema de la orientación sexual y la identidad o expresión de género requiere un proceso de consulta de bases amplias a nivel nacional, con la participación de todos los sectores de la sociedad, incluyendo a la sociedad civil, con respecto a muchos de los principios que están planteando en esta resolución los Estados miembros de la OEA.
               La República de Suriname estaría dispuesta a unirse al consenso, pero hace constar que no está en posición de reconocer algunos de los elementos y principios que en este momento aborda la resolución, ya que estos requieren un debate nacional ulterior. La República de Suriname está en favor de la aplicación de los derechos humanos y libertades fundamentales acordados intergubernamentalmente, como se consagran en los diversos instrumentos sobre derechos humanos adoptados por las Naciones Unidas.
 
6. … por parte de una comisión especial de la Asamblea Nacional.
 
7.            ….sin importar su raza, credo, sexo etc.
               Sin embargo, Guatemala considera que el no reconocimiento legal del matrimonio entre personas del mismo sexo no constituye una práctica discriminatoria.
 
 
 
[1]              “El Gobierno de Belize no puede unirse al consenso sobre esta resolución en virtud de que varios de los temas y principios que contiene son en este momento, directa o indirectamente, ….
[2]              Las Delegaciones de San Vicente y las Granadinas, Saint Kitts y Nevis y Dominica no pueden unirse al consenso para aprobar esta resolución. San Vicente y las Granadinas . . .
[3]              El Gobierno de Jamaica no puede unirse al consenso para aprobar esta resolución. Jamaica considera que el término “expresión de géneroâ€� es ambigua y tiene el potencial…
[4]              Barbados presentó el siguiente pie de página a la Comisión General de la Asamblea General. En la cuarta sesión plenaria anunció que el texto sería modificado: . . .
[5]              La República de Suriname se compromete a promover y defender todos los derechos humanos para todos basados en el principio de la igualdad en el cual todos …
[6]              El Gobierno de Guyana no está en posibilidad de unirse al consenso sobre esta resolución en virtud de que muchos de los temas abordados en ella son actualmente objeto de deliberación . . .
[7]              Las Delegaciones de Honduras, Santa Lucía y Trinidad y Tobago anunciaron que presentarían notas de pie de página a esta resolución.
[8].                     El Estado de Guatemala declara que promueve y defiende todos los derechos humanos y, con respecto a las provisiones de esta resolución, no discrimina de ninguna manera, …
 
-- Executive President United Belize Advocacy Movement cell:673-5641

  http://scm.oas.org/ag/documentos/Index.htm

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